Valores de referencia, hitos y metas para indicadores de realización y de resultados
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Todos los programas apoyados por el FSE+ deben notificar datos sobre el conjunto de indicadores comunes referentes a cada nivel de objetivo específico. Además, se deben fijar, en relación a cada objetivo específico, hitos y metas acumulativos para los indicadores de realización, y metas acumulativas para los indicadores de resultados ((Artículo 17(3) del reglamento del FSE+). Sin embargo, no es necesario fijar hitos ni metas para cada indicador, sólo para un nombre limitado de indicadores comunes (y específicos de programa, cuando sea necesario). Éstos deben de ser seleccionados en base a la lógica de intervención, y deben reflejar los principales cambios y resultados que se esperan conseguir en el objetivo específico. Para indicadores de realización, por los cuáles se ha definido una meta (para finales de 2029) deben también de fijarse hitos (para finales del 2024); los valores de referencia (valor del indicador si el programa no fuere implementado) son cero por definición para indicadores de realización. Para indicadores de resultado, tasas de éxito históricas (valores de referencia) pueden utilizarse para fijar metas; no es necesario fijar hitos para indicadores de resultados para los cuales se hayan fijado metas (para finales de 2029).